Xalapa de Enríquez, Ver., 14 de febrero de 2020
BOLETIN No. 245/20
CONCEPTOS RELACIONADOS CON LA LEY QUE REGULA EL RÉGIMEN DE PROPIEDAD EN CONDOMINIO.
CONDOMINIO.- Es un inmueble cuya propiedad pertenece a dos o más personas, a quienes corresponde una unidad de propiedad exclusiva y los derechos de copropiedad de los bienes o áreas que son de uso común.
Condominio concesionado.- El conjunto de inmuebles que, parcial o totalmente, formen o no parte de un fraccionamiento, lotificación, conjunto urbano o subdivisión que, por efecto de un acto de concesión otorgada por el Ayuntamiento correspondiente, obtengan el dominio para uso exclusivo de una o varias vías públicas, incluyendo o no otras áreas de uso público.
Condominio familiar.- El inmueble cuya propiedad pertenece a dos o más familiares, a los que corresponde una unidad de propiedad exclusiva y los derechos de copropiedad de los bienes y áreas que son de uso común, el cual se constituye en un lote con vivienda ya construida.
Conjunto urbano condominal.- El agrupamiento de dos o más condominios a los que se accede a través de vías generales de uso común y que podrá contar con otros bienes, áreas e instalaciones generales de uso común.
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