Xalapa de Enríquez, Ver., 26 de Abril de 2019
BOLETIN No. 52 /19
EFICACIA DE LOS PODERES OTORGADOS POR UNA SOCIEDAD MERCANTIL.- La Ley General de Sociedades Mercantiles dispone en la fracción tercera del artículo 10, y como complemento de lo señalado en la fracción segunda, la necesidad de que el notario inserte, agregue o relacione al instrumento respectivo, ciertos datos relacionados con la sociedad que otorga el poder para que éste sea eficaz:
a).- La denominación o razón social de la sociedad.
b).- El domicilio de la sociedad.
c).- La duración de la sociedad.
d).- El importe del capital social.
e).- El objeto social.
f).- Las facultades que conforme a sus estatutos le co-rrespondan al órgano que acordó el otorgamiento del poder y, en su caso, la designación de los miembros del órgano de administración.
BOLETIN 52