CIRCULAR No.- 80/18
COMPAÑERO (A) NOTARIO (A):
Hago de tu conocimiento que nuestro compañero, el Lic. Francisco Saucedo Ramírez, Titular de la Notaría No. 03 de la Décima Segunda Demarcación Notarial con residencia en la Ciudad de Coatepec, Veracruz de Ignacio de Llave, nos informa que ha detectado la circulación de un documento supuestamente otorgado ante su fe, mismo que contiene un poder especial, otorgado por la señora Martha Domitila Gutiérrez Hernández en favor del señor Guillermino Jiménez Córdova, relacionado con una concesión para prestar el servicio público de transporte de pasajeros en la modalidad de TAXI, del municipio de Coatzacoalcos.
Al respecto nos precisa lo siguiente:
“””—1).- Afirmo que el referido documento es apócrifo, ya que no fue elaborado en la Notaría a mi cargo ni autorizado por mí.
—2).- El relacionado documento no se ajusta al formato ni a la redacción que utilizamos en la Notaría a mi cargo.
— 3).- En el documento se aprecian las siguientes inconsistencias: a).- En el anverso viene mi nombre, luego Notaría Pública Número Tres, Coatepec, Ver.; es importante señalar que mi hojas testimonio traen membretados mis datos y los de mi hijo el Lic. Francisco Xavier Saucedo Rivadeneyra; b).- Trae una leyenda de cotejado, términos que no figuran en nuestras hojas de testimonio; c).- Habla de
protocolo libro número CV (ciento cinco); en otro renglón se menciona protocolo público número 9392 (NUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y DOS), con número y letra; nosotros utilizamos el término instrumento público. d).- En el proemio de mis instrumentos, no hago mención de ser notario del Patrimonio Inmobiliario Federal, lo cual si se menciona en ese documento; e).- También es importante señalar que mi demarcación notarial es la Décima Segunda y en ese documento aparece “Segunda Demarcación Notarial”.
— 4).- El supuesto protocolo público número 9,392 fue otorgado el día 14 (catorce) de agosto del año 2017, lo cual no concuerda con la numeración de mis instrumentos, ya que al mes de agosto del año 2017 la numeración de mis instrumentos iba del 28,184 en adelante.
— 5).- La firma que aparece al calce, definitivamente no es firma.
— 6).- El sello impreso en el mencionado documento, en base a sus dimensiones, no coincide con mi sello de autorizar que tengo registrado tanto en la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Inspección y Archivo General de Notarías, así como en el Colegio, ya que las dimensiones de mi sello en relación a su diámetro son mayores.
— 7).- En mis instrumentos que autorizo, por ley en cada hoja de testimonio estamos obligados los Notarios a adherir a las hojas al margen kinegramas y en la última hoja al calce, y en este documento únicamente trae un kinegrama al calce, y dicho kinegrama es totalmente distinto a los que expide nuestro Colegio, que están seriados y numerados consecutivamente; por lo que dicho kinegrama también es apócrifo.”””
Sírvete encontrar anexo el documento referido con la finalidad de evitar que seas sorprendido.
ATENTAMENTE
Xalapa de Enríquez, Ver., 18 de septiembre de 2018.
LIC. RAÚL GUSTAVO GUTIÉRREZ ÁVILA
PRESIDENTE