CIRCULAR 84/13
Estimado Amigo y Compañero Notario:
Como es sabido por ustedes, los notarios tenemos la obligación de insertar en los estatutos de las sociedades que se constituyan, la cláusula de exclusión de extranjeros o el convenio previsto en la Fracción I del Artículo 27 Constitucional, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley de Inversión Extranjera y en el artículo 14 del Reglamento de dicha Ley.
Como consecuencia de las reformas hechas a la Ley de Inversión Extranjera publicadas en el Diario Oficial de la Federación de fecha 15 de Diciembre de 2011, corresponde ahora a la Secretaría de Economía autorizar el uso de las denominaciones o razones sociales, razón por la cual la Secretaría de Relaciones Exteriores publicó el 15 de Junio de 2012 en el Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo por el que se establece el mecanismo para dar aviso a la Secretaría de Relaciones Exteriores de la suscripción del convenio a que se refiere la fracción I del artículo 27 Constitucional”.
En el acuerdo antes citado la Secretaría de Relaciones Exteriores hace del conocimiento de los fedatarios ante quienes se suscriba el convenio de extranjería, que deberán presentar ante la Dirección de Permisos Artículo 27 Constitucional de la Dirección General de Asuntos Jurídicos, o en sus delegaciones foráneas, el aviso correspondiente conforme a los formatos publicados en dicho Acuerdo. El aviso podrá presentarse también por medios electrónicos utilizando el texto de los formatos antes citados, según corresponda al correo: avisoconvenioextranjeria@sre.gob.mx,
La Directora General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Relaciones Exteriores ha dirigido al Presidente de la Asociación Nacional del Notariado Mexicano el oficio número ASJ-11565 de fecha 8 de abril de 2013, en el que hace de su conocimiento que de los avisos que los notarios deben presentar a dicha Secretaría especificando la inclusión en los estatutos de escrituras constitutivas de la cláusula del convenio previsto en la fracción I del artículo 27 Constitucional, dicha Secretaría tiene registrados sólo un 3% de los avisos que se calculaba recibir de acuerdo con los registros de años anteriores, y solicita la intervención de esta Asociación para difundir entre los agremiados la obligación de presentar los avisos a que se refiere el artículo 14 del Reglamento de la Ley de Inversión Extranjera y del Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.
Sírvanse encontrar adjunto los archivos correspondientes al acuerdo y al oficio antes citado.
Los invitamos a seguir en Twitter los mensajes de nuestro colegio en la cuenta @notariosver
Sin más por el momento, quedo a sus órdenes.
A T E N T A M E N T E
Xalapa-Enríquez, Ver., a 25 de Junio de 2013.
LIC. EDUARDO PANES CAMPILLO
PRESIDENTE
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