CIRCULAR No.- 81/17
COMPAÑERO (A) NOTARIO (A):
Hacemos de tu conocimiento que el Lic. Francisco Saucedo Ramírez, Titular de la Notaría No. 03 de la Décima Segunda Demarcación Notarial con residencia en la Ciudad de Coatepec, Veracruz de Ignacio de Llave, nos informa que ha detectado la circulación de un documento supuestamente otorgado ante su fe, mismo que contiene un poder especial, otorgado por el señor Antonio Mendoza Martínez en favor de la señora Yanell Denis Ameca Rosado, relacionado con una concesión para prestar el servicio público de transporte de pasajeros en la modalidad de TAXI, de la localidad de Zempoala del municipio de Úrsulo Galván.
Al respecto nos precisa lo siguiente:
“””—1).- Afirmo que el referido documento es apócrifo, ya que no fue elaborado en la Notaría a mi cargo ni autorizado por mí.
—2).- El relacionado documento no se ajusta al formato ni a la redacción que utilizamos en la Notaría.
— 3).- En el documento se aprecian las siguientes inconsistencias: a).- En el anverso viene mi nombre, luego Notaría Pública Número Tres, Coatepec, Ver.; es importante señalar que mi hojas testimonio traen membretados mis datos y los de mi hijo el Lic. Francisco Xavier Saucedo Rivadeneyra; b).- Trae una leyenda de cotejado, términos que no figuran en nuestras hojas de testimonio; c).- Habla de protocolo libro número CV (ciento cinco); en otro renglón se menciona
protocolo público número 7582 (SIETE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y DOS), con número y letra; nosotros utilizamos el término instrumento público. d).- En el proemio de mis instrumentos, no hago mención de ser notario del Patrimonio Inmobiliario Federal, lo cual si se menciona en ese documento; e).- También es importante señalar que mi demarcación notarial es la Décima Segunda y en ese documento aparece “Segunda Demarcación Notarial”.
— 4).- El supuesto protocolo público número 7,582 fue otorgado el siete de julio del presente año, lo cual no concuerda con la numeración de mis instrumentos, ya que al mes de julio del presente año la numeración de mis instrumentos va del 28,135 en adelante.
— 5).- La firma que aparece al calce, definitivamente no es firma.
— 6).- El sello impreso en el mencionado documento, en base a sus dimensiones, no coincide con mi sello de autorizar que tengo registrado tanto en la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Inspección y Archivo General de Notarías, así como en el Colegio, ya que las dimensiones de mi sello en relación a su diámetro son mayores.
— 7).- En mis instrumentos que autorizo, por ley en cada hoja de testimonio estamos obligados los Notarios a adherir a las hojas al margen kinegramas y en la última hoja al calce, y en este documento únicamente trae un kinegrama al calce, y dicho kinegrama es totalmente distinto a los que expide nuestro Colegio, que están seriados y numerados consecutivamente; por lo que dicho kinegrama también es apócrifo.
Finalmente estimo conveniente hacer de su conocimiento, que la Dirección General de Transporte del Estado, tiene conocimiento de la falsificación de ese documento y de otro relacionado con una
concesión, también atribuido a un servidor y del cual también di aviso a este Consejo Directivo”””
Sírvete encontrar anexo el documento referido con la finalidad de evitar que seas sorprendido.
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ATENTAMENTE
Xalapa de Enríquez, Ver., 22 de septiembre de 2017.
LIC. RAÚL G. GUTIÉRREZ ÁVILA LIC. JORGE G.FCO. AGUILAR MONTIEL
PRESIDENTE SECRETARIO