CIRCULAR 26 /11
Estimada(o) Amiga(o) y Compañera(o) Notaria(o):
En alcance a la circular 23/11, de fecha 21 de junio del presente año, signada por el Secretario de este Consejo Directivo, hacemos de tu conocimiento que los avisos de testamento que se encuentren en el supuesto de dicha circular, de momento no se podrán otorgar mediante la página electrónica que lleva la Dirección General del Registro Público de la Propiedad y de Inspección y Archivo General de Notarías, ya que se encuentran en proceso las adecuaciones necesarias en coordinación con la Secretaría de Finanzas y Planeación, en virtud de lo cual, esa Dirección pone a tu disposición el correo electrónico [email protected] para enviar dicho aviso, acompañado de los documentos mediante los que el DIF solicite el servicio.
Esta situación se estará atendiendo de la forma descrita de manera temporal, en tanto se hacen las adecuaciones necesarias, lo que se dará a conocer en su oportunidad.
Asimismo, te informamos que en el caso de que una disposición contenga únicamente la revocación de un testamento, sin contener nuevas disposiciones, deberá otorgarse el aviso de revocación por la misma vía, ya que el sistema actual no cuenta con la opción para dar de baja una disposición testamentaria
Sin más por el momento quedamos a tus órdenes.
A T E N T A M E N T E
Xalapa-Enríquez, Ver., a 23 de Junio de 2011.
LIC. A. RAMSES CAPITANACHI LÓPEZ LIC. JORGE A. LINCE DE LA PEÑA
PRESIDENTE SECRETARIO