CIRCULAR 03/13
Estimado Amigo y Compañero Notario:
El día de hoy fue publicado en el Diario Oficial de la Federación, el DECRETO por el que se reforma la LEY PARA REGULAR LAS ACTIVIDADES DE LAS SOCIEDADES COOPERATIVAS DE AHORRO Y PRÉSTAMO, y se reforman los artículos PRIMERO; y TERCERO de los artículos TRANSITORIOS DEL ARTÍCULO PRIMERO, del “Decreto por el que se expide la Ley para Regular las actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo y se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Sociedades Cooperativas, de la Ley de Ahorro y Crédito Popular, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y de la Ley de Instituciones de Crédito”, publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 13 de agosto de 2009.
Las reformas consisten, principalmente, en que las sociedades cooperativas que capten recursos de sus socios para su colocación entre ellos mismos, deberán registrarse ante el Comité de Supervisión Auxiliar a que se refiere la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo a más tardar el 31 de enero de 2014; asimismo se establece el recurso de revisión en caso de que dichas sociedades reciban un dictamen desfavorable del Comité de Supervisión Auxiliar.
Se fija de plazo hasta el 31 de marzo de 2014 para constituirse como Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo, conforme a la Ley General de Sociedades Cooperativas y solicitar la autorización de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores para continuar realizando operaciones de ahorro y préstamo, siempre y cuando se ajusten a las diferentes reglas que se publican.
Sírvase encontrar adjunto el archivo correspondiente.
A T E N T A M E N T E
Xalapa-Enríquez, Ver., a 04 de Enero de 2013.
LIC. EDUARDO PANES CAMPILLO LIC. ADRIANA DEL C. AGUIRRE ZARRABAL
PRESIDENTE SECRETARIO
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