Xalapa de Enríquez, Ver., 31 de marzo de 2020
BOLETÍN No. 275/20
RELACIÓN DE ALGUNOS REGISTROS FEDERALES.
PARTE II
REGISTRO | LEY QUE LO REGULA | FUNCIÓN |
Servicio Nacional del Registro Agropecuario. | Ley de Desarrollo Rural Sustentable. | Genera efectos de fe pública, para los aspectos regulados por la Ley, los considerados en la Ley de Organizaciones Ganaderas y demás ordenamientos aplicables. |
Registro Nacional de Valores. | Ley del Mercado de Valores. | Se inscriben los valores objeto de oferta pública e intermediación en el mercado de valores, según corresponda. Asimismo, en el Registro se inscriben los fondos de inversión constituidos y organizados en términos de la Ley de Fondos de Inversión. |
Registro Nacional de Inversiones Extranjeras. | Ley de Inversión Extranjera. | Inscribir: i.- sociedades mexicanas en las que participen, incluso a través de fideicomiso: a).- la inversión extranjera; b).- los mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y que tengan su domicilio fuera de territorio nacional; y c).- la inversión neutra; ii.- quienes realicen habitualmente actos de comercio en la República Mexicana, cuando se trate de:
a).- personas físicas o morales extranjeras; y b).- mexicanos que posean o adquieran otra naciona-lidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional; y iii.- los fideicomisos de acciones o partes sociales, de bienes inmuebles o de inversión neutra, por virtud de los cuales se deriven derechos a favor de la inversión extranjera o mexicanos que posean o adquieran otra nacionalidad y tengan su domicilio fuera del territorio nacional. |
Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial. | Ley de la Propiedad Industrial. | Tramitar y, en su caso, otorgar patentes de invención, y registros de modelos de utilidad, diseños industriales, esquemas de trazado de circuitos integrados, marcas y avisos comerciales, emitir declaratorias de notoriedad o fama de marcas, emitir declaraciones de protección a denominaciones de origen e indicaciones geográficas, autorizar el uso de las mismas; la publicación de nombres comerciales, así como la inscripción de sus renovaciones, transmisiones o licencias de uso y explotación, y las demás que le otorga la Ley y su reglamento, para el reconocimiento y conservación de los derechos de propiedad industrial.
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