Xalapa de Enríquez, Ver., 24 de julio de 2019
BOLETIN No. 112/19
PACTOS PARASOCIALES: PROTOCOLO FAMILIAR.- Es un convenio de socios miembros de la misma familia que en conjunto son los propietarios y/o titulares del control de una sociedad o de las fracciones del capital de la sociedad empresaria, que gestionan, gobiernan y controlan la empresa o la sociedad (ya sea por la mayoría de acciones o fracciones del capital o por la capacidad de influir y adoptar las decisiones en asamblea de socios y/o en junta de consejo de administración o de gerentes o para imponer o revocar a los administradores y en general para decidir las cuestiones de la sociedad); asimismo, dicho pacto tiene un objeto más amplio que los sindicatos de acciones, porque busca regular tanto las relaciones familiares, como la administración de la sociedad de la que son socios, con profesionalismo, para garantizar en el largo plazo, el bienestar y la subsistencia de la familia y de la empresa.
La finalidad primordial del protocolo es lograr que la familia y la sociedad de la que son socios titulares del control, formen un solo bloque cohesionado, unido por lazos de afectividad, conciencia social y profesionalidad y que las normas que se establezcan sean respetadas por los miembros actuales y futuros, y resuelvan al mismo tiempo las inquietudes o necesidades legítimas de los miembros de la familia, incluyendo su educación como socio, para prevenir que aspectos puramente familiares o personales afecten a los criterios profesionales que deben regir la gestión y dirección de la empresa en sus actividades eco-nómicas, por ejemplo que los yernos no formarán parte del consejo o no serán accionistas.
Aunque en principio se ha sostenido que un Protocolo Familiar no pretende ser un pacto de accionistas, ni una escritura pública que obligue civilmente a los participantes del pacto, sino un código familiar con fuerza moral, hoy por hoy se trata de un pacto con fuerza vinculatoria para los integrantes como cualquier otro pacto parasocial, que obliga a quienes participan en los términos de lo convenido.
PACTOS DE SOCIOS DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA.- Pactos parasociales y pactos estatutarios.- León Tovar Soyla H. Tirant lo Blanch.- Segunda Edición.- México, 2017. Pá-ginas 212-213.
BOLETIN 112