Xalapa de Enríquez, Ver., 09 de julio de 2019
BOLETIN No. 101/19
PACTOS PARASOCIALES: CLÁUSULA ANDORRANA O PACTO AN-DORRANO.- Es un pacto o cláusula de desbloqueo utilizado para decidir el precio de las acciones cuando los accionistas no se ponen de acuerdo en dicho precio para vender su participación. Por virtud de este acuerdo, una de las partes indica el precio para cada acción o participación, y se lo ofrece a la otra parte para que ésta, dentro de un pla-zo determinado opte por: a) comprar todas las acciones del primero al pre-cio indicado por éste, o b) vender todas sus acciones al precio indicado por éste. Un socio o grupo determina el valor de la totalidad de las participaciones del otro socio o grupo en la Sociedad y éste tendrá el derecho a optar por comprar o vender.
Este pacto se utiliza para resolver diferencias irreconciliables entre socios, de manera que uno o más de ellos indican un precio por sus acciones o participaciones y los otros decidirán si adquieren por ese precio las acciones del proponente o en caso contrario si le venden todas sus acciones o participaciones al mismo precio proporcional, en cuyo caso el proponente queda obligado a comprar. Se trata de un pacto en el cual se busca la valoración más objetiva posible de las acciones, ya que la persona que lo determina queda obligada a que los otros u otro accionista sea quien decida cómo obtener más beneficio, ya sea comprando o vendiendo, por lo que a la hora de adjudicar un valor, la persona que decide el precio de cada acción está obligada a encontrar el equilibrio.
PACTOS DE SOCIOS DE LA SOCIEDAD ANÓNIMA.- Pactos parasociales y pactos estatutarios.- León Tovar Soyla H. Tirant lo Blanch.- Segunda Edición.- México, 2017. Página 167.
BOLETIN 101