Xalapa de Enríquez, Ver., 26 de septiembre de 2019
BOLETIN No. 157/19
LA NOTARÍA ¿UNA EMPRESA?, EL NOTARIO ¿UN EMPRESARIO?
Sobre este punto tenemos tres opiniones para compartir, desde luego con la idea clara de que empresa no es sinónimo de persona moral.
La primera opinión es por cuenta del Notario Eduardo Gallino, quien siendo Presidente de la Unión Internacional del Notariado Latino señaló lo siguiente, dentro del marco del Décimo Congreso Notarial Español del año 2008:
“… Nuestra respuesta es tajante: los notarios no son empresarios, porque el empresario se ocupa de la economía mientras nosotros nos ocupamos de la justicia.
Ello no obstante, no dudamos que toda actividad jurídica pueda ser juzgada con criterios económicos (…) un empresario, ¿tratará a un cliente que le compra un solo producto de bajo valor del mismo modo que a un cliente que le asegura ventas cuantiosas y de valor elevado?
El notario asegura el mismo servicio (…) pone a disposición to-do su know how, a todo requirente, pequeño o grande, frecuente o desconocido (…) El hecho que los profesionales puedan ser considerados empresas debido a ciertos aspectos de su actividad o, más claramente, desde determinados y específicos puntos de vista, no es necesariamente motivo de escándalo (…) los notarios competimos sobre la base del principio de libre elección, como incentivo para la excelencia profesional, pero, en general, no nos sentimos empresarios, no por una cuestión terminológica -en torno a la mayor o menor amplitud del término empresa-, sino porque lo que está en juego es una cuestión de principios, porque el notario (…) debe supeditar siempre sus intereses particulares a los intereses generales de la sociedad a la que sirve, mientras que, por el contrario, el empresario prioriza sus propios intereses y los de sus clientes…”
La segunda y en oposición a la antes señalada, fue emitida por el abogado español Ramón Cerdá, en los términos siguientes:
“Yo definiría a los Notarios como un extraño híbrido (…) Por una parte son (…) profesionales, actuando con una labor de asesoramiento y de control de la legalidad vigente, y por otra
parte, y aunque la mayoría de ellos no lo quiera aceptar, son empresarios.
Digo que no lo quieren aceptar porque es así; algunos incluso se ofenden si se les “califica” de empresarios; como si eso fuera algo indecente o digno de menosprecio. (…) no obstante que paralelamente a ese sentimiento de no considerarse empresarios, existe una mentalidad que realmente reafirma esta especie de realidad. En resumen, y según mi criterio (…) alguno de ellos (…) no se consideran empresarios; no se comportan como empresarios, pero mal que les pese, sí que son empresarios. Y son empresarios porque tienen unas cargas laborales importantes, y unos gastos fijos, semifijos y variables que corren por su cuenta por mucho que todo tenga que salir de los aranceles. (…) Pero lo que más los clasifica como empresarios es el hecho de que deben desarrollar una labor comercial para captar y conservar clientes (…) y eso es así porque Notarios hay un montón y uno puede elegir entre una Notaría y otra (…) Recientemente se ha realizado el décimo Congreso Notarial Español en Tenerife (octubre 2008) y se han tratado temas como la función notarial, el documento público, etc. Lo de siempre en este tipo de congresos. En una intervención de D. Eduardo Gallino, se preguntaba en nombre de los 76 países con sistemas notariales: ¿Son los Notarios empresarios? Su autorespuesta fue un rotundo NO. “El empresario se ocupa de la economía mientras que nosotros nos ocupamos fundamentalmente de la justicia”. Bueno, ¿qué quieren que les diga? A mí todo eso me parece muy bien, pero lo cierto es que hay Notarías que funcionan mucho mejor que otras y atraen más clientes (…) Si no es por su labor comercial y por lo tanto empresarial, que lo llamen como quieran. Yo afirmaría tajantemente que los Notarios sí que son empresarios; lo que ocurre es que muchos de ellos, aunque sean unos excelentes profesionales, son unos pésimos empresarios y eso es lo que parece que no quieren admitir.
La tercera fue emitida por el otrora Presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el veracruzano Guillermo I. Ortíz Mayagoitia, durante una conferencia magistral dictada el 4 de agosto del año 2007 en la Asociación Nacional del Notariado Mexicano:
“El notario no es un agente económico, es decir, un prestador de servicios públicos concesionados sujetos a la Ley de Competencia Económica (TA 187163). No lo es, porque el notario tiene una Ley especial que le impide actuar como un profesionista libre para prestar sus servicios (…) Además, la prestación de su servicio jurídico no es lucrativo y elitista, sino
de alto compromiso de servicio social (…) El notario es un licenciado en Derecho autónomo, libre e imparcial que ejerce una función de orden público de naturaleza compleja.
La notaría (…) produce bienes (los instrumentos notariales y sus reproducciones) y servicios (consejo, legalidad, legitimidad, autentificación, conservación, reproducción ilimitada). El notario al prestar el servicio notarial al público en general, tiene que diseñar necesariamente una empresa con todas sus características: Capital, Trabajo y Organización. La mezcla e interacción adecuada de esos elementos hacen que la notaría funcione bien o funcione mal. El notario se convierte en un pequeño empresario que requiere talento organizacional, debe saber escoger y decorar el inmueble que será su oficina, saber contratar al personal auxiliar apropiado, adquirir el equipo operativo, todas las herramientas necesarias por Ley para la correcta prestación del servicio dentro de los cánones de la calidad profesional a que están acostumbrados los prestatarios del servicio, que aunque sea éste de orden pú-blico, debe ser prestado bajo los principios de las leyes del mercado de servicios jurídicos con la eficiencia y eficacia de toda empresa de servicio…
La notaría se convierte en una organización empresarial y el notario debe convertirse en un talentoso empresario, que debe lograr producir capital invertido y el equipo de trabajo instalado en una moderna oficina, para la prestación oportuna y eficiente de producción de bienes y servicios jurídicos.
Los bienes tangibles que el notario a través de su pequeña empresa (…) produce, son los instrumentos notariales: la escritura y el acta notarial y sus respectivas reproducciones: los testimonios, la copia certificada y las certificaciones.
Colaboración de Daniel Cordero Gálvez, Titular de la Notaría número 16 de Nogales.
BOLETIN 157