BOLETIN 190/ 19
Xalapa de Enríquez, Ver., 12 de noviembre de 2019 BOLETIN No. 190/ 19 FACULTADES DE ADMINISTRACIÓN EN LOS PODERES.- El segundo párrafo del artículo 2554 del Código Civil dice (2487 CCV): En los poderes generales para administrar bienes, bastará expresar que se dan con ese carácter, para que el apoderado tenga toda clase de facultades…