Tarifa aplicable a pagos provisionales

Tarifa aplicable para el cálculo de los pagos provisionales que se deban efectuar, tratándose de enajenación de inmuebles a que se refiere la regla 3.15.2. de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2004.
Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: Inicio de vigencia: 1° de enero de 2005.
Límite inferior $ Límite superior $ Cuota fija $
Por ciento para aplicarse sobre el excedente del límite inferior. %
0.01 5,952.84 0.00 3.00
5,952.85 50,524.92 178.56 10.00
50,524.93 88,793.04 4,635.72 17.00
88,793.05 103,218.00 11,141.52 25.00
103,218.01 EN ADELANTE 14,747.76 30.00